Pagaré en blanco ¿Es seguro?

Las distintas formas de emitir un pagaré condicionan la posición de las partes implicadas. Uno de los ejemplos es firmar un pagaré en blanco. Entregar este título sin cubrir es un procedimiento válido y autoriza a quien lo recibe a rellenar todos los elementos necesarios posteriormente.

Antes de ver qué es un pagaré en blanco conviene recordar que un pagaré es un documento que formaliza una promesa de pago en una fecha determinada (fecha de vencimiento). Por tanto, lo firma y emite la persona o entidad que asume una deuda, y se entrega al beneficiario como compromiso de pago.

¿Qué es un pagaré en blanco?

La ley cambiaria establece que un pagaré, para serlo, debe estar encabezado con la palabra “pagaré” y además incluir una serie de requisitos formales: la identificación de las partes, la cantidad comprometida y el lugar y fecha de emisión y cobro. Estos elementos, con la firma del emisor, son los que confieren a este título su valor legal.

La obligación de indicar estos datos es esencial para darle validez al documento en el momento en que se presenta al cobro, pero no lo es tanto cuando se emite. De esta forma, es posible firmar y entregar un pagaré en blanco, o con algún dato sin cubrir, para que sea cumplimentado a posteriori, y presentarlo a su vencimiento con todo en regla.

La firma de un pagaré en blanco tiene reconocimiento legal, aunque aumenta la seguridad cuando su formato es reconocible; con la identificación, estructura y espacios reservados para anotar todos los datos necesarios.

¿Qué pasa si firmo un pagare en blanco?

El firmar un pagaré en blanco es una señal de confianza en la otra parte. Con tu firma otorgas el derecho a tu acreedor (tenedor) a que sea él quien lo complete. Lo aconsejable es que vaya acompañado de una carta de autorización y que se haya acordado cómo se deben cumplimentar los datos más importantes.

El importe de la deuda suele estar claro, pero se puede perder una ventaja clave de este título: determinar la fecha de vencimiento. De hecho, si al cubrirlo se omite esa fecha la ley lo establece como pagadero a la vista, es decir, se podría presentar al cobro en cualquier momento.

Hay que tener en cuenta que el artículo 12 de la Ley Cambiaria y de Cheque reconoce, tanto para el pagaré como para la letra de cambio, que cuando están incompletos en el momento de su emisión, y se completan en contra de los acuerdos celebrados, este incumplimiento no podrá alegarse contra el tenedor, a menos que el título se haya adquirido de mala fe.

Lo que se considera una clausula abusiva es la obligación de firmar un pagaré en blanco como garantía de cumplimiento de algún préstamo.

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Ejemplo de un pagare en blanco

En cuanto al modelo de pagaré en blanco en España el formato puede variar al incluir algún tipo de autorización o similar para rellenar el titulo a posteriori. En general, hay dos modalidades principales para elaborar un pagaré y que sirven también en este caso:

  • Pagaré bancario

Los bancos han diseñado un modelo normalizado, similar al talonario de cheques. Se los entregan a sus clientes para que éstos gestionen sus pagos comerciales, exigiéndoles una cuenta corriente asociada donde cargar los pagarés que se presenten correctamente.

  • Pagaré de empresa

Los emite directamente una empresa deudora para sus proveedores. Podrá elegir el formato siempre que incluya su identificación y todas las reseñas necesarias.

Estas dos alternativas se pueden poner como ejemplo para la firma de un pagaré en blanco  y son las que ofrecen más seguridad para el que lo recibe. Cualquier otro formato podría dar más problemas para el cobro una vez cubierto.

¿Cómo cobrar un pagare en blanco?

Como hemos visto, para cobrar un pagaré en blanco es imprescindible presentarlo cubierto conforme a la ley, con especial atención al día de vencimiento. Cumplir con la autorización recibida o los acuerdos establecidos es la mejor garantía de cobro.

Una vez cumplimentado se podrá cobrar como cualquier otro que se haya emitido de forma completa, presentándolo en la fecha y lugar establecidos. Si el pagaré es bancario el talón ya indicará el lugar de cobro, con la dirección de la sucursal correspondiente. Si es de empresa, a falta de otro acuerdo, el domicilio de la misma se considera válido como lugar de cobro.

Con un pagaré firmado y completo siempre se podrá ejercitar la opción del descuento de pagarés para adelantar el dinero pendiente.

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