Modelo 200

Impuesto sobre sociedades

Uno de los impuestos esenciales para las empresas es el impuesto de sociedades (IS), que se declara anualmente a través del modelo 200. También obliga a los emprendedores que hayan optado por constituir una sociedad para ejercer su actividad. El IS es un impuesto personal y directo que repercute sobre el beneficio que generan las sociedades en su actividad económica.

Para las pymes, el modelo 200, unido al 202 para los pagos fraccionados, es un referente clave de sus compromisos tributarios como sociedad. El IS para las empresas y el IRPF para trabajadores autónomos (con sus modelos trimestrales 130 y 131) conforman los dos grandes impuestos directos y configuran, con el IVA, las principales obligaciones empresariales en el ámbito fiscal.

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El modelo 200, ¿para qué sirve?

El modelo 200 es el formulario de liquidación que se emplea, de forma general, para presentar el IS. Está destinado a todas las sociedades mercantiles y otras personalidades jurídicas residentes en territorio español y que estén obligadas a presentar dicho impuesto. Si la obligación existe se ha de presentar siempre, independiente de que hayan tenido o no alguna actividad.

La normativa detalla cómo se estructura el modelo 200 y para qué sirve, siendo su objetivo el de facilitar el procedimiento para que estas entidades puedan cumplir con su deber de contribuir a la financiación de las cuentas públicas, atendiendo a su capacidad económica y de obtención de renta.

¿Qué es el modelo 200?

Para entender qué es el modelo 200 se puede hacer mención a su contenido. Se toma como base la información del resultado contable a fin de ejercicio. Es el punto de partida para cubrir el apartado de “liquidación” y calcular la cuantía a pagar. Esto implica cumplir con las normas que el Plan General Contable (PGC) establece para las pymes. Los contribuyentes deben declarar todas las rentas obtenidas sin importar en qué lugar se hayan obtenido.

Es un formulario que incorpora mucha información. Es especialmente importante estar pendiente de los elementos de corrección y de las deducciones permitidas para poder reducir la cuota a pagar. Previo a la presentación del modelo será necesario enviar alguna documentación complementaria; en función de las bonificaciones, ajustes o deducciones que se hayan indicado en la declaración. El portal de la Agencia Tributaria (AEAT) incorpora algunos formularios para ello.

PDF para rellenar

Desde la Sede electrónica de la Agencia Tributaria se puede descargar el modelo 200 de impuestos de sociedades. También se puede obtener un PDF para rellenar el “Documento de ingreso o devolución”, que es un resumen de la declaración que contiene la identificación de la sociedad, el resultado final de la liquidación y el número de cuenta e información necesaria para realizar el pago o la devolución, en caso de resultar negativa.

Para cumplimentar el modelo hay disponible una aplicación informática de ayuda (PADIS) que facilita el volcado de las cuentas que determinan el resultado contable. El programa guía con el resto de pasos para practicar las deducciones y ajustes necesarios hasta obtener el resultado de la cuota tributaria.

Este programa detecta errores y ayuda a corregirlos. Una vez terminado el proceso se crean los ficheros necesarios, y en el formato adecuado, para presentar la declaración, que se podrá realizar en ese mismo momento o guardar el archivo para hacerlo más tarde. También genera documentos en PDF para visualizar e imprimir los datos incorporados.

¿Cuándo se presenta?

Una cuestión esencial del modelo 200 es cuándo se presenta. Aquí surge una característica especial de esta declaración porque no hay un período común para todas las sociedades. La presentación se hará en función del ejercicio económico de cada una, aunque el período impositivo nunca debe ser superior a doce meses. Puede coincidir con el año natural o no, o tener una duración inferior al año por cualquier circunstancia prevista en la ley.

Plazo de presentación

Una vez concluido el ejercicio económico (si no se indica otra cosa se entenderá el año natural y finalizará el 31 de diciembre) se abre un período de seis meses y la presentación se hará entre el día 1 y el 25 del mes siguiente a dicho plazo. Por ejemplo, para un año natural el último día de presentación sería el 25 de julio.

La presentación solo es posible por vía electrónica, desde la plataforma que la Sede electrónica de la AEAT habilita para ello. Queda anulada, para todos los contribuyentes, cualquier opción de presentación en papel.

¿Cómo rellenar el modelo 200?

Para cubrir el modelo 200 las instrucciones son un apoyo importante. Dentro de las opciones para esta modalidad se ofrece información general, ayuda y guías completas para saber cómo incorporar los datos o para utilizar el programa PADIS.

Este es un vistazo general de los apartados principales.

Identificación

Las primeras páginas se emplean para la identificación de la sociedad, del periodo impositivo y del tipo de ejercicio. También para marcar las claves de la actividad.

· Declarante

Se indicará el NIF y razón social, con los códigos de identificación que se necesiten.

· Periodo impositivo y ejercicio

Se anota la fecha de inicio y de finalización del período que se declara. Para el tipo de ejercicio se marca el número que corresponda según esta codificación:

1. Ejercicio de duración de 12 meses que coincide con el año natural.
2. Ejercicio de duración de 12 meses que no coincide con el año natural.
3. Ejercicio de duración inferior a 12 meses.

· Código CNAE

Un código de cuatro cifras, según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), y que debe corresponder con la actividad que represente el mayor volumen de operaciones.

· Claves de la declaración

Se marcarán con una X las claves que correspondan entre las que figuran reflejadas. Estas claves hacen referencia al tipo de entidad, el régimen que se le aplica, el estado de cuentas, el número de empleados o si pertenece a un grupo fiscal.

· Declaración complementaria

Se utiliza para indicar que ya se ha presentado otra declaración anterior por el mismo ejercicio, indicando la referencia de la misma. La declaración se ha de hacer completa.

· Fecha y firma

Se requiere la fecha y la identificación y firma del Secretario del Consejo, declarante o representantes autorizados por la entidad. Se debe incluir también la relación de administradores y representantes legales.

Balance y Cuenta de pérdidas y ganancias

En las siguientes páginas se define el espacio para los saldos de las cuentas principales del Balance y la cuenta de Pérdidas y ganancias a final de ejercicio, con el estado de cambios en el Patrimonio neto.

Liquidación

El esquema resumido es el siguiente:

  • Resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias

Se realizan ajustes y correcciones, como la compensación por bases imponibles negativas de ejercicios anteriores o la reserva de nivelación para empresas de dimensión reducida.

= Base imponible

  • Base imponible x Tipo de gravamen.

Este tipo, con carácter general, será del 25%. Entre los tipos especiales destacar que las empresas de nueva creación tendrán un tipo reducido del 15% el primer ejercicio que obtengan un resultado positivo y el siguiente.

= Cuota integra

  • Resto de deducciones

(-) Bonificaciones y deducciones por doble imposición y otras deducciones.

(-) Retenciones e ingresos a cuenta y pagos fraccionados.

(+/-) Últimos ajustes

= Cuota líquida a ingresar o devolver

En definitiva, las obligaciones tributarias constituyen un aspecto delicado de la gestión empresarial. Hacer una previsión de las cantidades y anticiparse a las necesidades de efectivo en las fechas de liquidación son vitales para asegurar que existe la liquidez suficiente para hacer frente a todos los pagos. La solvencia siempre es la mejor garantía para un negocio.

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