Ya está en marcha la campaña para la declaración de la Renta, la cita principal con Hacienda para la mayoría de los ciudadanos. La declaración anual del IRPF está diseñada para declarar todos los ingresos y rendimientos sujetos al impuesto y obtenidos a título personal a lo largo del año anterior, incluido el trabajo por cuenta propia.
Los trabajadores autónomos no se libran de hacerla porque la Administración Tributaria no dispone de toda la información de su actividad y deja el borrador pendiente de corrección. Al solicitar los datos fiscales se puede saber lo que tiene Hacienda registrado y así se podrá completar o rectificar lo que sea necesario.
El pago de impuestos puede dañar la liquidez de los autónomos. Por eso, en Circulantis recomendamos vigilar las ventas aplazadas e intentar agilizar los cobros para no retrasar un dinero que ya está contabilizado y es objeto de carga fiscal.
¿Cómo declarar la actividad económica?
Además de reflejar los ingresos obtenidos por otros medios, en la sección correspondiente, hay un apartado específico para declarar la actividad empresarial o profesional; es el capítulo de “Rendimiento de actividades económicas”.
La mayoría de los autónomos están obligados a presentar, a lo largo del año, modelos trimestrales de autoliquidación por IRPF y ahora es el momento de recopilar todo lo declarado en ellos: desde el modelo 130 si se tributa en régimen de estimación directa o desde el modelo 131 para la estimación objetiva.
Estimación Directa o simplificada
El rendimiento se determina por la diferencia entre ingresos y gastos deducibles. Los principales gastos que se pueden deducir son:
- Consumos generales: compras de bienes y servicios, alquileres, reparaciones, seguros o servicios externos.
- Salarios y cotizaciones a la seguridad social (incluida la del propio autónomo).
- Otros gastos: amortizaciones, provisiones, tributos y gastos financieros o de difícil justificación dentro de los límites permitidos.
Algunas partidas, como los gastos financieros, se podrán deducir en ejercicios posteriores en caso de no poder hacerse en la declaración en curso.
Entre los gastos no deducibles estarían: las multas o sanciones, el IVA soportado (salvo supuestos concretos) o las indemnizaciones por despido.
Estimación Objetiva
En este caso, no se computan ingresos y gastos sino que el rendimiento se obtiene al aplicar una serie de módulos e índices según el tipo, tamaño o localización de la actividad. Hay dos modalidades:
- Estimación objetiva general
- Estimación objetiva para actividades agrícolas, ganaderas y forestales
En 2018 está previsto un cambio en los límites máximos para poder optar a la estimación objetiva. Esto significa que quizá algunos autónomos ya no puedan seguir aplicando este sistema y tengan que empezar, el próximo año, a tributar en estimación directa.
En ambos regímenes es muy importante mantener la coherencia entre lo reflejado en las declaraciones trimestrales de IRPF e IVA y lo que se cuantifica en esta declaración. De lo contrario, la administración podría cruzar datos y llevar a cabo alguna inspección. Si se ha producido algún error importante es bueno consultarlo para saber cómo proceder.
Deducciones especiales
Los dos sistemas de tributación tienen prevista una reducción del 30% de los rendimientos netos con generación superior a dos años, por ejemplo para subvenciones de capital o indemnizaciones. También la hay para rentas no exentas inferiores a 12.000 euros.
Se debe comprobar también, según el caso, estas deducciones:
- En estimación directa: las destinadas a trabajadores autónomos económicamente dependientes y las que permiten reducir rendimientos positivos en caso de inicio de actividad.
- En estimación objetiva: las que benefician a agricultores jóvenes y aquellas previstas para las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales afectadas por desastres naturales en el 2017.
Recomendaciones
Aparte de lo anterior, siempre se deben repasar las cantidades y verificar que se han incluido todos los conceptos obligatorios, sin renunciar a estudiar cada vía que permita aplicar alguna rebaja adicional. Como ejemplo:
- Las empresas de reducida dimensión (menos de 10 millones de volumen de negocio) tienen beneficios fiscales que pueden trasladar los emprendedores a su declaración.
- Hay que revisar las deducciones autonómicas. Cada Comunidad Autónoma tiene potestad para determinar distintas operaciones deducibles.
- Entre los descuentos de la base imponible general están las aportaciones personales a planes de pensiones o, en su caso, las deducciones por maternidad.
- Las pérdidas del negocio en ejercicios anteriores se pueden compensar en los años siguientes con saldo positivo.
Especialmente, hay que poner atención para reflejar, en las casillas correspondientes, las cuotas de IRPF ya adelantadas en 2017; tanto los pagos de las autoliquidaciones trimestrales como las retenciones practicadas. Ambos son impuestos ya pagados y reducen directamente la cuota impositiva, pudiendo dar un resultado negativo y la consiguiente devolución por parte de Hacienda.
A nivel fiscal, las facturas propias hay que registrarlas en su fecha de emisión y no en la de cobro. Esa diferencia entre el valor contable y el ingreso real es lo que pretendemos conciliar en Circulantis, de la forma más eficiente y al menor coste posible, gracias a nuestra plataforma de Crowdfactoring, para todos los autónomos y pymes que lo necesiten.